El Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la Federación Rusa, guiados por el deseo mutuo de conceder un lugar digno de descanso final a los caídos en la guerra de ambas partes, conscientes de que el cuidado de las tumbas de los caídos en la guerra en suelo alemán y ruso representa una expresión concreta de entendimiento y reconciliación entre el pueblo alemán y los pueblos de la Federación Rusa, en aplicación del artículo 18 del Tratado de 9 de noviembre de 1990 de Buena Vecindad, Asociación y Cooperación entre la República Federal de Alemania y la Federación Rusa, firman el Acuerdo sobre el Cuidado de las Tumbas de Guerra en la República Federal de Alemania y en la Federación Rusa. Noviembre de 1990 sobre Buena Vecindad, Asociación y Cooperación entre la República Federal de Alemania y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, deseando establecer un arreglo definitivo para las tumbas de guerra de los muertos del otro bando de la Primera y Segunda Guerras Mundiales situadas en el territorio de las Partes Contratantes, en un esfuerzo por garantizar la conservación y el cuidado de estas tumbas de forma digna y de conformidad con las disposiciones del Derecho Internacional Humanitario aplicable, han acordado lo siguiente:
Artículo1ElpresenteAcuerdo regirá la conservación y el mantenimiento de las tumbas de guerra de las Partes Contratantes en sus respectivos Estados.
Artículo 2Alos efectos del presente Acuerdo, se entenderá por: a) "muertos de guerra alemanes": - los miembros de las fuerzas armadas alemanas, - las personas asimiladas en virtud de la legislación alemana, - otras personas de nacionalidad alemana fallecidas en relación con los acontecimientos de la Guerra de 1914/1918 o de la Guerra de 1939/1945 o tras su deportación; b) "tumbas de guerra alemanas": las tumbas de los muertos de guerra alemanes situadas en el territorio de la Federación de Rusia; c) "lugares de enterramiento de guerra alemanes": los cementerios o partes de cementerios en el territorio de la Federación Rusa donde están enterrados muertos de guerra alemanes; d) "muertos de guerra rusos": - miembros rusos de las fuerzas armadas rusas y soviéticas que murieron en suelo alemán en relación con las dos guerras mundiales; - rusos que murieron mientras eran prisioneros de guerra alemanes o como resultado de su cautiverio hasta el 31 de marzo de 1952; - rusos que murieron en suelo alemán en relación con las dos guerras mundiales. Rusos que murieron en campos de internamiento alemanes en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 1939 y el 8 de mayo de 1945; - Rusos que fueron deportados a Alemania para realizar trabajos en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 1939 y el 8 de mayo de 1945 o que fueron detenidos en esta zona contra su voluntad y murieron durante este tiempo; - Rusos que fueron atendidos por una organización internacional de refugiados reconocida en campos de recogida y murieron allí o tras ser trasladados a un hospital en el período comprendido entre el 9 de mayo de 1945 y el 30 de junio de 1950. Si la administración del campo de recogida se transfirió a la responsabilidad de las autoridades alemanas después del 1 de julio de 1950, el día anterior a la transferencia a la administración alemana ocupará el lugar del 30 de junio de 1950; e) "tumbas de guerra rusas": tumbas de muertos de guerra rusos situadas en el territorio de la República Federal de Alemania; f) "lugares de enterramiento de guerra rusos": Superficies de terreno en el territorio de la República Federal de Alemania en las que están enterrados muertos de guerra rusos.
Artículo 3(1) El Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la Federación Rusa garantizarán la protección de las tumbas de guerra y el derecho permanente al descanso de los muertos de guerra de la otra parte en sus respectivos territorios y se esforzarán por mantener los alrededores de las tumbas de guerra libres de todas las instalaciones incompatibles con la dignidad de estos lugares. (2) El Gobierno de la República Federal de Alemania estará autorizado a preparar y mantener a sus expensas las tumbas de guerra alemanas y los cementerios de guerra alemanes en la Federación Rusa. (3) La República Federal de Alemania garantizará a sus expensas la conservación y el mantenimiento de las tumbas de guerra rusas en el territorio de la República Federal de Alemania.
Artículo 4(1) El Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la Federación Rusa se dejarán mutuamente, a título gratuito y a perpetuidad, las zonas que sirvan de tumbas de guerra de la otra parte respectiva como lugares de descanso permanente para sus muertos de guerra. (2) Los derechos de propiedad no se verán afectados por el presente acuerdo. Cualquier cambio que se considere necesario en los límites de las zonas utilizadas como cementerios de guerra se aclarará de mutuo acuerdo entre las Partes Contratantes o los organismos designados por ellas. Si, por mutuo acuerdo entre las Partes Contratantes, la totalidad o parte de un lugar dejara de utilizarse para los fines previstos, este cambio conllevará la pérdida del derecho a utilizarlo para el Gobierno del respectivo Estado beneficiario. (3) En caso de que un lugar de los mencionados en el apartado 1 deba destinarse a otro uso por razones públicas imperiosas, el gobierno del Estado obligante pondrá a disposición del gobierno del Estado beneficiario otro lugar adecuado y correrá con los gastos de volver a enterrar a los difuntos y de preparar las nuevas sepulturas. La elección del nuevo emplazamiento, su preparación y el nuevo enterramiento se efectuarán de común acuerdo. El nuevo enterramiento se efectuará preferentemente fusionando las tumbas de guerra de los cementerios de guerra existentes.
Artículo 5(1) El Gobierno de la Federación Rusa autorizará al Gobierno de la República Federal de Alemania, sin incurrir en gasto alguno y tras haber recibido un plan para su aprobación previa, a unir las tumbas de muertos de guerra alemanes cuyo nuevo enterramiento el Gobierno de la República Federal de Alemania considere necesario. El desentierro de los muertos de guerra alemanes será efectuado por las fuerzas designadas por la parte alemana. (2) En la medida en que el Gobierno de la Federación Rusa considere necesario agrupar las tumbas de guerra rusas en el territorio de la República Federal de Alemania, el Gobierno de la República Federal de Alemania autorizará el nuevo enterramiento de estos muertos, una vez que haya recibido un plan para su aprobación previa, sin que la parte alemana incurra por ello en gasto alguno. El Gobierno de la República Federal de Alemania podrá, a su vez, proponer al Gobierno de la Federación Rusa dichos nuevos enterramientos, corriendo con los gastos correspondientes. (3) Se redactará un protocolo para cada nuevo entierro de un muerto de guerra alemán, en el que se hará constar la antigua y la nueva ubicación de la tumba, los datos personales, la inscripción de la placa de identificación u otros rasgos identificativos. Se remitirá una copia de este protocolo al Gobierno de la Federación Rusa. (4) En la medida en que pueda demostrarse que los antiguos cementerios de guerra alemanes en suelo ruso han sido abandonados entretanto debido a cambios infraestructurales y que los muertos alemanes allí enterrados ya no pueden ser recuperados, el Gobierno de la Federación Rusa autorizará la erección de monumentos conmemorativos de forma sencilla y digna en estos antiguos emplazamientos a petición de Alemania. El Gobierno de la Federación Rusa pondrá a disposición terrenos adecuados para este fin. (5) En la medida en que sea necesaria la inhumación temporal de muertos de guerra alemanes hallados en suelo ruso para permitir su inhumación definitiva en un cementerio de guerra alemán, el Gobierno de la Federación Rusa dispondrá lo necesario para su inhumación temporal adecuada y digna y la señalización de las tumbas. La parte alemana podrá correr con los gastos razonables en que se incurra como parte del coste total del entierro definitivo. (6) En caso de que posteriormente se encuentren muertos de guerra rusos en suelo alemán, el Gobierno de la República Federal de Alemania garantizará su adecuada y digna inhumación y la señalización de dichas tumbas.
Artículo 6 En la medida en quelos cementerios de guerra alemanes o rusos contengan tumbas de muertos de guerra de otros Estados, además de tumbas de guerra del otro bando, este hecho se tendrá debidamente en cuenta en las decisiones relativas a la conservación y el cuidado de estas tumbas.
Artículo 7(1) El traslado de muertos de guerra alemanes del territorio de la Federación Rusa a la República Federal de Alemania requerirá el consentimiento previo del Gobierno de la República Federal de Alemania. El Gobierno de la Federación Rusa sólo autorizará dicho traslado si se ha obtenido dicho consentimiento. (2) También se requerirá el consentimiento del Gobierno de la República Federal de Alemania para las solicitudes dirigidas al Gobierno de la Federación Rusa para el traslado de muertos de guerra alemanes a terceros países. (3) Los apartados 1 y 2 se aplicarán mutatis mutandis a la repatriación de muertos de guerra rusos a la Federación Rusa o a terceros países. (4) Todos los gastos y tasas por el desentierro y traslado de muertos de guerra alemanes o rusos al extranjero correrán a cargo de los solicitantes. (5) En el desentierro de los muertos de guerra para su repatriación podrán estar presentes representantes de las autoridades de ambas Partes Contratantes.
Artículo 8(1) El Gobierno de la República Federal de Alemania encargará a la "Volksbund Deutsche Kriegsgräberfürsorge e.V." (en lo sucesivo, "Volksbund") la realización técnica de las tareas en la Federación Rusa derivadas del presente Acuerdo para la parte alemana. (2) El Gobierno de la Federación Rusa encargará a la "Asociación para la Cooperación Internacional en el Cuidado de los Monumentos Conmemorativos a los Soldados" (en lo sucesivo, "Asociación para los Monumentos Conmemorativos a los Soldados") la realización técnica de las tareas derivadas del presente Acuerdo para la parte rusa. (3) En caso de que una de las Partes Contratantes desee encargar a otra organización, se alcanzará un acuerdo entre las Partes Contratantes.
Artículo 9(1) El Gobierno de la Federación Rusa concederá a la Volksbund toda la ayuda posible, en particular el acceso a los documentos sobre las tumbas de guerra alemanas y los soldados alemanes fallecidos disponibles ahora o en el futuro en todas las autoridades y otras instituciones. Los demás acuerdos y convenios no se verán afectados. (2) El Gobierno de la República Federal de Alemania también prestará apoyo a la Asociación de Monumentos Conmemorativos a los Soldados, en particular poniendo a su disposición todos los documentos que proporcionen información sobre la identidad y el lugar de enterramiento de los muertos de guerra rusos, incluso si estos documentos sólo se encuentran en una fecha posterior. (3) Para el cumplimiento de sus tareas, la Volksbund podrá enviar representantes, especialistas y otro personal a la Federación Rusa.
Artículo 10(1) En la ejecución de los trabajos derivados de la aplicación del presente Acuerdo, la Asociación recurrirá, en la medida de lo posible, a la mano de obra y al material locales, en las condiciones habituales de libre competencia. (2) La Unión también podrá importar en la Federación de Rusia y reexportar desde la República Federal de Alemania u otro Estado miembro de la Comunidad Europea los equipos, medios de transporte, materiales y accesorios necesarios para la ejecución de los trabajos contemplados en el presente Acuerdo. (3) Para el despacho aduanero de estas mercancías se aplicará lo siguiente: a) el equipo y los medios de transporte que se importen temporalmente se despacharán en aduana de importación-exportación con la condición de que dicho equipo y medios de transporte se reexporten una vez finalizados los trabajos; b) el material y los accesorios destinados a la construcción, decoración o mantenimiento de tumbas, monumentos conmemorativos o cementerios permanecerán libres de derechos de importación si se presentan a las autoridades aduaneras además de la declaración de importación ordinaria:- una lista detallada de las mercancías importadas, - una declaración de compromiso firmada por una persona debidamente autorizada que contenga la garantía vinculante de que dichas mercancías sólo se utilizarán para los fines previstos en el presente Acuerdo.
Artículo 11(1) La cesión de las zonas destinadas a cementerios de guerra alemanes, acordada de conformidad con el artículo 4(1), autorizará a la Volksbund a realizar directamente, en el marco de las disposiciones legales rusas pertinentes, todos los trabajos de acondicionamiento y embellecimiento de los cementerios de guerra, así como la construcción de vías de acceso adecuadas, salas de recreo y otras instalaciones para los visitantes. (2) La Comisión de Tumbas de Guerra velará por el cumplimiento de todos los requisitos higiénico-sanitarios estipulados por la legislación rusa durante los trabajos de construcción. Cumplirá las disposiciones legales y administrativas pertinentes en materia de reglamentación de cementerios.
Artículo 12Volksbundy Verband Soldatengedenkstätten cooperarán estrechamente en el cumplimiento de sus tareas. Regularán directamente los detalles de la aplicación profesional y técnica del presente Acuerdo.
Artículo 13El presenteAcuerdo entrará en vigor un mes después de la fecha en que las Partes Contratantes se hayan notificado mutuamente que se han cumplido las condiciones nacionales necesarias para su entrada en vigor.
Hecho en Moscú, el 16 de diciembre de 1992, en doble ejemplar, en lenguas rusa y alemana, siendo ambos textos igualmente auténticos.
Por el Gobierno de la República Federal de Alemania Klaus Blech Por el Gobierno de la Federación de Rusia A. Kozyrev